“La Intervención del Perito Psicólogo en el Fuero Laboral y en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”

RESPONSABLE DE LA ORGANIZACIÓN Y DEL DICTADO:

Psicóloga Fernanda Elizabeth  Albertus, MP. 2.770.MPN: 44.681

Coordinadora de la Comisión de Psicología Jurídica Forense del Colegio de Psicologos de Tucuman.

Psicóloga en Superintendencia del Riesgo de Trabajo (Comision Medica N° 001- Tucuman).

Perito de Parte- Consultor Técnico.

Invitado: Germán Gutierrez Ferronato, Abogado Laboral, MP: 5133.

TIPO DE ACTIVIDAD:

Curso de actualización profesional.

Se desarrollará en un curso de modalidad presencial en FEPUT de duración 8 horas.

OBJETIVOS:

  1. Abordar el Rol del Perito de Oficio y de Parte en el Fuero Laboral- ART- Sistema de Jubilaciones y Pensiones.
  2. Aspectos Legales de las Normas: Ley 24.557- Decreto 659/1996 Ley 24.241.
  3. Baremos: Laboral y Previsional.
  4. Aplicación de Baremos. Decreto 478/98- Anexo- Capitulo Psiquismo. Decreto 659/96.
  5. Protocolo de Prestaciones Médicas en Psiquiatría.
  6. La Entrevista Psicológica. La entrevista como instrumento o técnica fundamental del método clínico y procedimiento de investigación científica de la psicología. Lectura del Expediente.
  7. Desarrollo Vivencial Anormal Neurótico. Grados
  8. Desorden Mental Orgánico. Síndrome Orgánico Cerebral. Grados.
  9. Personalidad Anormal Constitucional. Grados.
  10. Psicosis
  11. Definición y delimitación del concepto de Simulación. Simulación como conducta no patológica que no descarta patología. Modelo adaptativo evolucionista. Detección de la Simulación durante la entrevista psicológica forense.

FUNDAMENTACION:

En el Fuero Trabajo se encuentra normada y establecida por Ley la tabla de evaluación de incapacidades (Baremo) que el Perito debe aplicar. El Decreto 659/96 está conformado por una serie de capítulos en los cuales se evalúa y establece el grado de incapacidad laboral correspondiente a las enfermedades profesionales contempladas por la Ley 24.557 de Riesgos de Trabajo. Este listado de enfermedades queda establecido en el Decreto 658/96, el cual es previsto en el artículo 6°, inciso 2 de la Ley 24.557.

Según la Ley 26.773 de Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en su Art. 9 se expresa que para garantizar el trato igual a los damnificados cubiertos por el presente régimen, los organismos y administrativos y los tribunales competentes deberán ajustar sus informes, dictámenes y pronunciamientos al Listado de Enfermedades Profesionales previsto como Anexo I del Decreto 658/96 y a la Tabla de Evaluación de Incapacidades previstas como Anexo I del Decreto 659/96 y sus modificatorios, o los que los sustituyan en el futuro.

No es tan sabido por los Peritos que el Decreto 659/96 ha sufrido una modificatoria por el Decreto 49/2014, que vino a agregar nuevas enfermedades profesionales al listado. Sin embargo, en lo que respecta al Capítulo Psiquiatría- el utilizado por los peritos psicólogos- no ha sufrido ninguna modificación puntual (Texto de Roberto Horacio Casanova, “Evaluación Pericial Psicológica y Daño Psíquico, 2021”).

El ejercicio de la evaluación psicológica forense comparte, desde el punto de vista metodológico, características comunes a toda evaluación psicológica, a la vez que presenta una serie de particularidades que conforman la idiosincrasia de esta actividad técnica. Incluso dichas particularidades adquieren mayor especificidad según el fuero que demande la actividad pericial. La psicología forense se desarrolla en el ámbito tribunalicio en sus diferentes fueros, en este curso me centraré en el trabajo de la práctica del psicólogo en el Fuero laboral. Es decir que, realizaré un recorrido desde el inicio/ creación de los Baremos Laboral y Previsional, las incumbencias, alcances y límites de la peritación psicológica.       

DESTINATARIOS: Psicólogos

Carga Horaria: 8hs.

FECHA:  30 y 31 DE MARZO 2023

Horarios: viernes de 19hs a 22hs- sábado de 9hs a 13hs en la Sede de FEPUT.

Inversión: $4000.

CBU: 2850140230000000752001

Una vez que se efectúa el pago del mismo se solicita el envió del comprobante

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1 respuesta

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